Digesto
|
14065 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
FI-2018-RES-062 16/03/2018 (Carga: 16/05/2018) |
2018 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 16 MAR 2018
VISTO: El contenido de la justificación de inasistencia, referida al Parte Nº 29.918, en la que la Dirección General de Medicina del Trabajo informa que corresponde otorgar “Docencia Pasiva” por enfermedad al Ing. Roberto Daniel MARTIN;
CONSIDERANDO: El contenido de la Ordenanza Nº 24/92CS y el Artículo 96º del Decreto Nacional Nº 1246/2015. Que la “Docencia Pasiva” se otorga por el término de CIENTO OCHENTA (180) días.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar, al Ing. Roberto Daniel MARTIN Legajo 13.692“Docencia Pasiva” por enfermedad, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Efectivo del Área 8 – ADMINISTRACIÓN, ECONOMÍA Y FINANZAS – Asignatura “Investigación Operativa”, en el período que a continuación se indica, según lo establecido por la Ordenanza Nº 24/92CS:
. del 14 de febrero al 12 de agosto del año 2018, CIENTO OCHENTA (180) días
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 062 / 18
1 de 1
|
Personal | Mostrar 1 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2018-RES-061 16/03/2018 (Carga: 16/05/2018) |
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 16 MAR 2018
VISTO: El contenido de la NOTACUY: 2311/2018, en la que la Dirección de Asuntos Estudiantiles eleva la propuesta para otorgar, en carácter de excepción, la acreditación de asignaturas electivas para alumnos de la carrera de Arquitectura de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Que dicha propuesta se fundamenta a solicitud de alumnos, de la citada carrera que han realizado movilidad estudiantil en el exterior del país, en los años 20162017 y al Taller Virtual en Red Arquisur, en los años 2015, 2016 y 2017. Lo solicitado por los Consejeros Alumnos en sesión del Consejo Directivo de fecha 12 de diciembre de 2017. Que se encuentra en proceso de elaboración la Reglamentación que regirá para la acreditación de asignaturas electivas para la carrera de Arquitectura. Lo informado por las Direcciones Generales de carreras y Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA AD REFERENDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Otorgar, en carácter de excepción y por única vez, la acreditación de asignaturas electivas para alumnos de la carrera de Arquitectura (Plan de Estudios Ord. Nº 124/2017CS), que realizaron movilidad estudiantil en el exterior del país durante el período 2016 – 2017 y al Taller Virtual en Red Arquisur en los años 2015, 2016 y 2017.
ARTÍCULO 2º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – FI Nº 061 / 18
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Alumnos de grado | Mostrar 1 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2018-RES-060 16/03/2018 (Carga: 22/03/2018) |
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 16 MAR 2018
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 21888/2017, en las que a fs. 7 vta. la Dirección de Asuntos Estudiantiles solicita se modifique el contenido de la Resolución Nº 697/2017FI
CONSIDERANDO: Que la mencionada solicitud se justifica en el hecho de que en el informe de la citada Dirección (fs. 6), al otorgarle equivalencias al alumno Marcos Enrique BRUNO se consignó que la asignatura “Producmática” fue aprobada, como alumno Vocacional, en la carrera de Ingeniería Industrial en lugar de alumno Vocacional de la Facultad de Ingeniería. Que por lo expuesto corresponde dictar una nueva disposición y dejar sin efecto la Resolución Nº 697/2017FI. Las disposiciones de la Ordenanza Nº 61/91CS que establecen las normas a las que deberán ajustarse las tramitaciones de equivalencias de materias. Lo informado Secretaría Académica.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dejar sin efecto el contenido de la Resolución Nº 697/2017FI, por las causales expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Otorgar al señor Marcos Enrique BRUNO (Legajo 11631), equivalencia interna “POR RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS”, aprobada, como alumno Vocacional de la Facultad de Ingeniería, con la correspondiente al Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería en Mecatrónica (Plan de Estudios Ordenanza Nº 33/2009CS): MATERIA DE EQUIVALENCIA INTEGRAL Carrera Ingeniería en Mecatrónica Carrera de Origen . PRODUCMÁTICA por . PRODUCMÁTICA (Vocacional)
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 060 / 18
1 de 1 Centro Universitario (M5502JMA). Ciudad de Mendoza. Provincia de Mendoza República Argentina. Casilla de Correos 405. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://ingenieria.uncuyo.edu.ar
|
Alumnos de grado y Académicas | Mostrar 1 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FI-2018-RES-059 16/03/2018 (Carga: 16/05/2018) |
2018 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 16 MAR 2018
VISTO: Las fichas de justificaciones de inasistencias presentadas por personal de esta Facultad;
CONSIDERANDO: Lo informado en cada caso y teniendo en cuenta las disposiciones de los Decretos Nacionales Nros. 1246/2015, 894/82, 234/86 y 366/2006 Ordenanza Nº 08/80 y reglamentarias.
En uso de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Tener por concedida la licencia, con goce de haberes del Ing. Ricardo UNGARO (Legajo 24.252), OCHO (8) días corridos a partir del 02 de enero del año 2018, con afectación del Artículo 46º Inciso a) Decreto Nacional Nº 1246/2015 (Licencia por afecciones o lesiones inculpables de corto tratamiento).
ARTÍCULO 2º. Tener por concedida las licencias, con goce de haberes, del Personal de la Facultad que a continuación se detalla, del 01 al 28 de febrero del año 2018:
Artículo 91º Decreto Nacional Nº 366/2006 (Licencia por afecciones o lesiones de corto tratamiento): • GHILARDI, Juan Carlos 20.896 DOS (2) días corridos a partir del 21. • GOMEZ, Viviana Alejandra 24.084 UN (1) día, el 27. • RIFFEL, Santiago David 16.431 DOS (2) días corridos a partir del 19. • RIFFEL, Santiago David 16.431 Día 21. • RINALDO, Jorge Adrián 28.731 DOS (2) días corridos a partir del 26.
Artículo 46º Inciso a) Decreto Nacional Nº 1246/2015 (Licencia por afecciones o lesiones inculpables de corto tratamiento): • BUZZAQUI, Gabriel 17.809 UN (1) día, el 06. • BUZZAQUI, Gabriel 17.809 UN (1) día, el 20. • BUZZAQUI, Gabriel 17.809 SIETE (7) días corridos a partir del 27. • CACCIAVILLANI, Juan Carlos 20.341 VEINTISEIS (26) días corridos a partir del 06. • DIAZ, Carolina Soledad 32.517 TRES (3) días corridos a partir del 21. • GUISASOLA, Luis Enrique 21.269 VEINTICINCO (25) días corridos a partir del 06. • MERCANTE, Irma teresa 24.044 DOS (2) días corridos a partir del 08. • TONINI, Silvina Gladys 29.660 CINCO (5) días corridos a partir del 26.
Artículo 48º Inciso a) – Decreto Nacional Nº 1246/2015 (Licencia por padre o madre no gestantes): • BIANCHI PALOMARES, Pablo Federico Ricardo 32.932 QUINCE (15) días corridos a partir del 04.
Artículo 104º Decreto Nacional Nº 366/2006 (Licencia por atención de familiar enfermo): • AMAD, María Jimena 30.694 TRES (3) días corridos a partir del 21. • ARGÜELLO, Irene Nancy 23.690 UN (1) día, el 20. • TANCREDI, Ana Liliana 28.388 CUATRO (4) días corridos a partir del 20.
Resol. – FI Nº 059 / 18 1 de 2
2018 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
Artículo 48º Inciso g) – Decreto Nacional Nº 1246/2015 (Licencia por atención de enfermos en el grupo familiar): • BERNARDÓN, Miguel Ángel 28.879 CINCO (5) días corridos a partir del 05. • BRACELI, María Silvana 32.145 UN (1) día, el 26. • GOMENSORO, Fernando 25.882 UN (1) día, el 20. • MARTINS DE ABREU, Graciela 26.549 DIEZ (10) días corridos a partir del 14. • MIRANDA GASSULL, Virginia Paulina 32.218 UN (1) día, el 07.
Artículo 101º Decreto Nacional Nº 366/2006 (Razones Particulares): • STAGNARO, Inés Beatriz 19.070 Día 28.
Artículo 50º Punto 1 Inciso c) Decreto Nacional Nº 1246/2015 (Licencia por Razones Particulares): • ANTONIETTI, Facundo Martín 32.210 Días 19 y 20. • BERNARDON, Miguel Ángel 28.879 Días 02 y 15. • COLLADO, Liliana Beatriz 20.645 Día 27. • CROTTA, Carina Andrea 30.943 Día 28. • DIAZ CORVALAN, Marcos Humberto 27.081 Días 08 y 15. • EGÜES, Magdalena 30.515 Día 22. • MARINARO, Carlos Alberto 24.645 Día 21. • MARTINEZ, Julián 29.063 Días 06 y 07. • SAMMARTINO, Mariana Silvina 29.161 Día 20. • TRONCOSO, Mariana Paula 27.908 Día 05.
Artículo 50º punto 1 – Inciso e) – Decreto Nacional Nº 1246/2015 (Licencia por asistencia a Mesas Examinadoras): • BRIZUELA, Héctor David 24.978 Día 27. • VIDELA, Daniel César 25.050 Día 19.
Artículo 49º Inciso e) Decreto Nacional Nº 1246/2015 (Licencia por razones de estudio): • ARRANZ Cristina Leonor 27.697 VEINTIDOS (22) días corridos a partir del 06.
Artículo 50º punto 3 Decreto Nacional Nº 1246/2015 (Licencia por asistencia a reuniones de carácter académico): • FIGUEROA, Claudia Sandra 23.181 CINCO (5) días corridos a partir del 19. • PASTOR, Gabriela Claudia 31.646 SEIS (6) días corridos a partir del 14. • RAUEK, Teresa Fátima 20.768 Día 19.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN FI Nº 059 / 18
2 de 2
|
Personal | Mostrar 1 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2018-RES-013 16/03/2018 (Carga: 16/05/2018) |
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 16 MAR 2018
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 1105/2018, en las que la Dirección General de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, propone la designación del Ing. Gabriel Darío CAFFARATTI en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos– Dedicación Simple – Interino, Asignatura “Algoritmos y Estructuras de Datos II”, en el marco del convenio N° 151/14ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 05 de diciembre de 2013, cuyos objetivos son: garantizar el acceso a la Educación Superior Universitaria como ampliación de derecho a partir de la expansión territorial mediante la creación de carreras de grado y pre grado con pertinencia social, como así también, propiciar la innovación en la gestión política, institucional, académica, administrativa y comunicacional de las nuevas carreras, garantizando el desarrollo de saberes y competencias que permitan al estudiante universitario aprender a conocer y ejercer una profesión determinada con responsabilidad social y una sólida formación;
CONSIDERANDO: Que a partir del proceso sistemático de análisis que ha emprendido esta Universidad sobre las demandas y necesidades sociales del contexto, es que se han podido definir áreas formativas en las que la oferta pública de nivel superior provincial aún no da respuesta. Que las áreas que demandan respuestas educativas son: las problemáticas del ambiente, los recursos naturales y el agua, la producción en todas sus áreas, la prestación de servicios turísticos, la industria, el transporte y al logística, las ciencias de la tierra, el área de informática y computación, la gestión de políticas públicas, entre otras. Que la Universidad Nacional de Cuyo se propone llevar adelante y con una mirada prospectiva una transformación en cuanto a la creación de nuevas carreras distribuidas en el territorio de la provincia de Mendoza, a fin de garantizar la igualdad de posibilidades a los estudiantes que no pertenecen a la zona de influencia de las Unidades Académicas existentes. Que se requiere el desarrollo de un modelo de gestión del conocimiento innovador y pertinente a las áreas de formación. Que el modelo de gestión curricular de las nuevas carreras vincula la investigación, la formación y la extensión en las áreas del saber de las nuevas carreras. Que es necesario fortalecer los mecanismos de procesos institucionales transversales, plurales y participativos orientados a la satisfacción de demandas y necesidades sociales. Que se requiere promover la institucionalización de criterios y prácticas de articulación entre distintas unidades académicas para la creación, actualización y gestión del currículum. Que en el año 2017 comenzó el dictado de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, para lo cual es necesario cubrir los cargos docentes necesarios. Lo informado por la Dirección General de Presupuesto de la Universidad Nacional de Cuyo acerca de la viabilidad presupuestaria y la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Resol. CD Nº 013 / 18 1 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
Lo informado por Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 12 de diciembre de 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Ing. Gabriel Darío CAFFARATTI Nombres Documento 31.546.752 Único: CUIL o CUIT 20315467528 Legajo n° El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01022018 Hasta el 31122018 y/o hasta tanto el cargo sea concursado con carácter de Interino o Efectivo
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) ALGORITMOS Y ESTRUCTURAS DE DATOS II 2) 3)
ARTÍCULO 2º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción
2 Disciplina:
Subdisciplina: 1 8
Especialidad: 0 2 COMPUTACIÓN
Resol. CD Nº 013 / 18
2 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras)
Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 2053 LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA COMPUTACION 100
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN ALGORITMOS Y ESTRUCTURAS DE DATOS II
ARTÍCULO 4º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden de grama dad dad ción cia Financia Porcentual miento 44 1 11 03 10 0 05 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica (Rectorado UNCuyo) Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Transitorio Partida Parcial 0 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Escalafón Personal Docente
Resol. CD Nº 013 / 18
3 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 6° El docente dispondrá de TREINTA (30) días para la presentación : del certificado de aptitud psicofísica requerido para su desempeño laboral (Ley Nº 22140/80). Condiciones de Ingreso y Decreto Nº 3413/79.
ARTÍCULO 7º. En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (DecretoLey N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente Resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 8° Se procederá a la baja de la función asignada si, vencido el plazo : establecido en el artículo precedente, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 9° Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones. :
RESOLUCIÓN CD Nº 013 / 18
4 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2018-RES-012 16/03/2018 (Carga: 16/05/2018) |
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 16 MAR 2018
VISTO: Las actuaciones que obran en EXPCUY: 1197/2018, en las que la Dirección General de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, propone la designación del Ing. Ernesto Emilio CHEDIACK en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos– Dedicación Simple – Interino, Asignatura “Arquitectura de Computadoras”, en el marco del convenio N° 151/14ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 05 de diciembre de 2013, cuyos objetivos son: garantizar el acceso a la Educación Superior Universitaria como ampliación de derecho a partir de la expansión territorial mediante la creación de carreras de grado y pre grado con pertinencia social, como así también, propiciar la innovación en la gestión política, institucional, académica, administrativa y comunicacional de las nuevas carreras, garantizando el desarrollo de saberes y competencias que permitan al estudiante universitario aprender a conocer y ejercer una profesión determinada con responsabilidad social y una sólida formación;
CONSIDERANDO: Que a partir del proceso sistemático de análisis que ha emprendido esta Universidad sobre las demandas y necesidades sociales del contexto, es que se han podido definir áreas formativas en las que la oferta pública de nivel superior provincial aún no da respuesta. Que las áreas que demandan respuestas educativas son: las problemáticas del ambiente, los recursos naturales y el agua, la producción en todas sus áreas, la prestación de servicios turísticos, la industria, el transporte y al logística, las ciencias de la tierra, el área de informática y computación, la gestión de políticas públicas, entre otras. Que la Universidad Nacional de Cuyo se propone llevar adelante y con una mirada prospectiva una transformación en cuanto a la creación de nuevas carreras distribuidas en el territorio de la provincia de Mendoza, a fin de garantizar la igualdad de posibilidades a los estudiantes que no pertenecen a la zona de influencia de las Unidades Académicas existentes. Que se requiere el desarrollo de un modelo de gestión del conocimiento innovador y pertinente a las áreas de formación. Que el modelo de gestión curricular de las nuevas carreras vincula la investigación, la formación y la extensión en las áreas del saber de las nuevas carreras. Que es necesario fortalecer los mecanismos de procesos institucionales transversales, plurales y participativos orientados a la satisfacción de demandas y necesidades sociales. Que se requiere promover la institucionalización de criterios y prácticas de articulación entre distintas unidades académicas para la creación, actualización y gestión del currículum. Que en el año 2017 comenzó el dictado de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Computación, para lo cual es necesario cubrir los cargos docentes necesarios. Lo informado por la Dirección General de Presupuesto de la Universidad Nacional de Cuyo acerca de la viabilidad presupuestaria y la respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Resol. CD Nº 012 / 18
1 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
Lo informado por Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 12 de diciembre de 2017.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Ing. Ernesto Emilio CHEDIACK Nombres Documento 18.517.058 Único: CUIL o CUIT 20185170587 Legajo n° El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01022018 Hasta el 31122018 y/o hasta tanto el cargo sea concursado con carácter de Interino o Efectivo
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) ARQUITECTURA DE COMPUTADORAS 2) 3)
ARTÍCULO 2º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º (cuadro 5), pertenece a: Códigos Descripción
2 Disciplina:
Subdisciplina: 1 8
Especialidad: 0 2 COMPUTACIÓN
Resol. CD Nº 012 / 18
2 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 1º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras)
Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 2053 LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA COMPUTACION 100
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 ARQUITECTURA DE COMPUTADORAS
ARTÍCULO 4º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subde Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función ParticipaApartado penden de grama dad dad ción cia Financia Porcentual miento 44 1 11 03 10 0 05 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica (Rectorado UNCuyo) Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Transitorio Partida Parcial 0 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Escalafón Personal Docente
Resol. CD Nº 012 / 18
3 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 6° El docente dispondrá de TREINTA (30) días para la presentación : del certificado de aptitud psicofísica requerido para su desempeño laboral (Ley Nº 22140/80). Condiciones de Ingreso y Decreto Nº 3413/79.
ARTÍCULO 7º. En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (DecretoLey N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente Resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 8° Se procederá a la baja de la función asignada si, vencido el plazo : establecido en el artículo precedente, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 9° Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones. :
RESOLUCIÓN CD Nº 012 / 18
4 de 4 Centro Universitario (M5502JMA), Ciudad, Mendoza. Casilla de Correos 405. República Argentina. Tel. +542614494002. Fax. +542614380120. Sitio web: http://fing.uncu.edu.ar
|
Personal | Mostrar 1 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2018-RES-011 16/03/2018 (Carga: 16/05/2018) |
2018 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
MENDOZA, 16 MAR 2018
VISTO: El ANEXO VII del EXP – CUY: 20735/2017, en el que obran las actuaciones relacionadas con el llamado a concurso convocado por Resolución Nº 271/2017CD, para proveer UN (1) cargo de Ayudante de Segunda para el Área 5 – MEDIO AMBIENTE con “Ingeniería Sanitaria” como asignatura de referencia y en forma alternada en el Instituto de Hidráulica a los efectos del concurso;
CONSIDERANDO: Que la citada convocatoria se efectuó para cumplir funciones en Laboratorios o Proyectos correspondientes al primer semestre del año 2018 y asignaturas que se dictan en el segundo semestre de 2018, por lo que corresponde que tal designación se efectúe desde la efectiva prestación de servicios hasta el 28 de febrero del año 2019. Que se ha dado cumplimiento a las disposiciones de la Ordenanza Nº 03/2000CD y no se han registrado observaciones ni impugnaciones alguna. El dictamen de la Comisión Asesora que obra a fs. 104/105. Que en el informe de fs. 112 la Dirección General Económico Financiera, certifica la existencia del cargo vacante con su respectiva imputación presupuestaria y categoría programática. Que a fs. 111 corre agregado el informe de la Secretaría Académica de esta Unidad, donde se detalla la descripción del título (carreras), disciplinas, subdisciplinas y espacio curricular respecto al Plan de Estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo del docente. Que a fs. 113 se adjunta la correspondiente declaración jurada de cargos, de la cual no surge situación de incompatibilidad, según lo informado en fs. 116 por la Dirección de Personal de esta Facultad. Que a fs.115, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 68/2013 el señor Juan Pablo OJEDA cuenta con el Certificado del Examen Preocupacional. Lo aconsejado por la Comisión de Personal, aprobado por este Cuerpo en sesión del día 13 de marzo del año 2018.
En uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por Resolución Nº 271/2017CD, para proveer UN (1) cargo de Ayudante de Segunda para el Área 5 – MEDIO AMBIENTE con “Ingeniería Sanitaria” como asignatura de referencia y en forma alternada en Instituto de Hidráulica a los efectos del concurso y el siguiente Orden de Mérito:
1º. OJEDA, Juan Pablo
Resol. – CD Nº 011 / 18 1 de 4
2018 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 2º. Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Agente designado Apellido y Señor Juan Pablo OJEDA Nombres Documento D.N.I. 37.518.046 Único: CUIL o CUIT 20375180465 Legajo n°
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Ayudante de Segunda Cargo Dedicación Carácter Interino
3. Término de la designación Desde el 01032018 Hasta el 31122018 Resol. – CD Nº 1 de 3 4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE INGENIERIA Subdependencia
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Area o Seminario o Taller): (*) 1) AREA 5 – MEDIO AMBIENTE 2) 3)
ARTÍCULO 3º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 2º (cuadro 5), pertenece a:
Códigos Descripción
2 Disciplina: 1 7 Subdisciplina:
Especialidad: 0 3 INGENIERÍA SANITARIA
Resol. – CD Nº 011 / 18
2 de 4
2018 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 4º. El espacio curricular mencionado en el Artículo 3º forma parte del Plan de Estudios de la siguiente carrera, que a continuación se detalla: Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera Participación Carrera/s (Nombre o Título de la misma) Porcentual 158 INGENIERÍA CIVIL 100%
Porcentaje total 100%
Descripción de Tareas 1 DOCENCIA EN INGENIERÍA SANITARIA 2 En forma alternada Instituto de Hidráulica 3 4
ARTÍCULO 5º. El presente gasto en Personal corresponde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente Programa Subpro Proyecto Activi Obra Finali Función Participación Porcentual Apartado dencia de grama dad dad Financia miento 09 0 11 34 3 0 99 0 3 4 100
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6º. El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educ. Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 09 Facultad de Ingeniería Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 815 Escalafón Personal Docente
Resol. – CD Nº 011 / 18 3 de 4
2018 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA
ARTÍCULO 7º. De acuerdo a la Declaración Jurada de Cargos agregada a fs. 113 de estas actuaciones y lo informado a fs. 116 por Dirección de Personal de esta Dependencia, no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 8º. Comuníquese y archívese en el Libro de Resoluciones.
RESOLUCIÓN – CD Nº 011 / 18
4 de 4
|
Alumnos de grado | Mostrar 1 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||